FGR “NO TIENE FUTURO” PARA LLEVAR A INSTANCIAS INTERNACIONALES EL TEMA DEL EX SECRETARIO CIENFUEGOS: ALBERTO WOOLRICH

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El fiscal Alejandro Gertz Manero, junto con el constitucionalista Alberto Woolrich, expertos en derecho , informaron que “va a fracasar” la propuesta del fiscal, quien busca que se le dé “credibilidad” a lo que hace la institución. Por su parte, el doctor en Derecho, Rodolfo De la Guardia, dejó claro que, para solicitar una acción ante tribunales internacionales sobre la investigación y actuación del Fiscal de Distrito en Nueva York (quien buscaba llevar a juicio al ex titular de la Sedena), los medios ordinarios y extraordinarios para impugnar la conducta y los actos procesales del citado Fiscal, solo pueden ser interpuestos por el imputado o su defensa.

En cambio, “si se mantuviera la intención de judicializar o reprender la omisión de compartir oportunamente con México la investigación que se siguió por el Fiscal de Distrito en Nueva York cabría la opción de denunciar el Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal suscrito entre ambos países, lo que implicaría la posibilidad de incluso anular la cooperación binacional, lo cual sería un alto costo para la relación en materia de procuración de justicia.

No soslayemos que el instrumento internacional tiene el propósito de la ayuda mutua, misma que el fiscal estadunidense no considero necesaria”, exhortó De la Guardia. Sobre el tema, Alberto Woolrich mencionó que la Fiscalía General de la República tiene facultades para llevar temas a nivel internacional, pero en el caso particular del General Salvador Cienfuegos “no se le augura buen éxito”, “porque obviamente a las autoridades no se les violentan los derechos humanos, solo se pone en duda la credibilidad que existe”.

Woolrich declaró que el tema del ex secretario de la Defensa ha sido motivo de debate entre abogados, quienes opinan que “ojalá actuará así la fiscalía” en otro tipo de asuntos, porque que en el tema del General del Ejército “se ve que fue una justicia muy selectiva”, ya que el asunto lo resolvieron “a vuela pluma”.

El doctor Rodolfo De la Guardia agregó que el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales reserva la impugnación del no ejercicio a la acción penal a la víctima u ofendido, “entonces, habría que establecer que la agencia extranjera (la DEA hizo la investigación) no constituye victima u ofendido” en la carpeta de investigación que inició la FGR.

“Algunos criterios jurisprudenciales sostienen que el denunciante tiene legitimidad para impugnar las determinaciones ministeriales; sin embargo, la posibilidad de que una agencia extranjera lo intente es remota al constituir una acción que interpretaría las determinaciones procesales de su Estado receptor y además de que su jurisdicción doméstica se mantiene expedita, al constituir un retiro de la acción penal sin perjuicio”, informó.

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